Efectos indeseables del ejercicio físico. MUERTE SÚBITA
Como cualquier medida que se prescribe a los pacientes para tratar sus patologías, el ejercicio físico (EF) debe vigilarse, es decir dar seguimiento a sus efectos sobre el estado de salud, prevenir sus complicaciones y advertir su interacción con otras medidas médicas, en especial las farmacológicas. Si bien la práctica del EF en general es bastante segura en la gran mayoría de las personas, no es infundado el temor de algunos colegas que desalientan a sus pacientes a practicar ciertos ejercicios de moda o de fin de semana.
Seguramente el temor más grande es “la muerte súbita” durante o posterior al ejercicio físico, y aunque es una posibilidad real, en realidad la probabilidad es muy baja (0.75 por 100,000 al cuadrado), sin embargo la cobertura de los medios ante este hecho en deportistas jóvenes ha provocado que haya temor desproporcionado, ya que los medios difícilmente documentan que en la mayoría de los casos ocurre al participar en actividades intensas o extremas, además la probabilidad de muerte súbita es mayor en los sedentarios (1.6 por 100,000), muy por de bajo de los practicantes de ejercicio de gran intensidad.
Otra situación que se presenta en la muerte súbita durante o posterior al ejercicio extremo es que se trata de personas que padecían una afección cardíaca silente que se descompensó con el esfuerzo, ya sea de origen congénito en jóvenes o isquémico en mayores de 40 años; con base en esto, algunos médicos no recomiendan practicar ejercicio sin valoración médica previa, y si bien podría ser ideal, en lo general no es indispensable, además hay que diferenciar entre la valoración que hace un médico general al reconocimiento cardiológico pre-participación deportiva, pues el último es más costoso e inoperable para la población general y solo es recomendable en personas con riesgo a padecer enfermedad cardiovascular (ECV). La AHA (American Heart Association) diferencia a los sujetos en 4 grupos a la hora de prescribir EF:
a) Sujetos sanos
b) Sujetos con ECV con bajo riesgo
c) Sujetos con riesgo moderado a alto de complicaciones CV
d) Sujetos con ECV inestable que no deben practicar ejercicio físico.
En los sujetos del primer grupo no hay restricción alguna y por supuesto no requieren de control médico, en general son personas de menos de 40 años sin enfermedades diagnosticadas o mayores de 40 años en las mismas condiciones adaptados al determinado entrenamiento. En los de los grupos B y C el ejercicio físico moderado no solo es de bajo riesgo si no que es deseable pues disminuye el efecto de los factores de riesgo (sedentarismo, tabaquismo, elevación de la presión arterial, colesterol y triglicéridos, sobrepeso y diabetes).
Si bien no está demás la valoración de un médico familiarizado con la prescripción del EF en los sujetos de los grupos B y C en definitiva es mucho más necesaria en los pacientes sedentarios que no están dispuestos a cambiar ese estatus, puesto que en ellos es alta la probabilidad que se presente la ECV en cualquiera de sus manifestaciones, incluyendo la muerte súbita.